Promoción de la empleabilidad de personas jovenes hasta 30 años
Información
Objeto (art.1)
Promoción de la empleabilidad de las personas jóvenes de hasta 30 años mediante el apoyo a dos tipos de contratos:
• Contrato en prácticas de 6 o de 12 meses.
• Contrato indefinido
Entidades beneficiarias (art. 2)
Empresas de Bizkaia, cualquiera que se su forma jurídica, los empresarios / as individuales y profesionales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
1.- Tener domicilio social y fiscal en Bizkaia, y centro de trabajo en THB.
2.- Tener una plantilla inferior a 250 personas.
3.- No hallarse participada directa o indirectamente en más de un 25% por empresas que no reúnan los requisitos anteriores.
4.- Acreditar residencia habitual en THB para empresarios individuales y profesionales.
5.- Hallarse al corriente en el cumplimiento obligaciones tributarias y SS.
Quedan excluidos los organismos autónomos y las sociedades públicas y asociaciones sin ánimo de lucro dependientes ó vinculadas a cualquier ámbito de la Administración local, foral, autonómica o central así como los centros públicos y privados de formación profesional y las empresas de trabajo temporal.
Hecho subvencionable (art.4)
-Contrato indefinido y contrato en prácticas con duración mínima de 6 meses ó 12 meses con jóvenes de edad igual o menor de 30 años a fecha inicio de contrato.
Para contratos formalizados entre el 1 de noviembre de 2013 y 31 de octubre de 2014.
Gastos subvencionables
El 30% del salario bruto anual o, en su caso, semestral del contrato a subvencionar.
Cuantía de la subvención (art. 7)
Límite por entidad solicitante: 90.000,00 euros, máximo 10 contratos.
La subvención se determinará en función del salario bruto anual o, en su caso, semestral, y ascenderá a un 30% de dicho salario
La subvención máxima por contrato ascenderá a 7.000 euros en el caso de contratos en prácticas de duración de un año y en caso de los contratos indefinidos, y de 3.000 en el caso de contratos en prácticas de 6 meses de duración.
No serán subvencionables aquellos contratos cuyo importe de subvención resultante una vez aplicado el 30% del salario bruto sea inferior a 2.000€ para contratos indefinidos y contratos en prácticas de 12 meses y 1.500€ para los contratos en prácticas de 6 meses.
En el caso de que se contrate a personas inscritas en la bolsa de trabajo de personas demandantes de contratos en prácticas del Departamento a fecha de formalización del contrato, se incrementa el importe de la subvención en 1.000€ para contratos de 12 meses y de los contratos indefinidos y 500€ para contratos en prácticas de 6 meses, incrementándose a su vez los límites máximos hasta 8.000€ y 3.500€ respectivamente.
Así mismo, en el supuesto de que la persona contratada hubiera participado en el Programa Talentia gestionado por Bizkaia Xede, el importe de subvención se verá incrementado en 2000 euros en el caso de contrato en prácticas de 12 meses y de los contratos indefinidos, y de 1000 euros en el caso de que la duración del contrato en prácticas sea de 6 meses, incrementándose a su vez los límites máximos hasta 9.000€ y 4.000€ respectivamente.
Normativa y régimen de concesión (art. 8)
Decreto Foral 27/2014 de 11 de marzo (BOB nº 51 de 14 de marzo), por el que se establecen las bases y convocatoria reguladoras de la concesión de subvenciones promoción de la empleabilidad de jóvenes en Bizkaia (1299 KB)
El procedimiento de concesión será de libre concurrencia.
Documentos
• Resumen (120 KB).
• Documento de domiciliación bancaria para subvenciones. Ficha de parte acreedora (75 KB).
Plazos (art.5)
Realización de las acciones: los contratos deberán ser formalizados entre el 1/11/2013 y 31/10/2014.
Presentación de solicitudes: Del 17 de marzo de 2014 al 31 de octubre de 2014.
En el caso de los contratos en prácticas iniciales de 6 meses con una posterior prórroga de otros 6 meses, la solicitud deberá presentarse, una vez que se produzca la formalización de la prórroga, y siempre dentro del plazo establecido en el párrafo anterior.
Las solicitudes deberán presentarse por Internet mediante el formulario que figura en la página Web del Departamento de Promoción Económica (www.bizkaia.net/Sustapena-OficinaVirtual).